Notarías en época de coronavirus

Eugenio Gil Gil

    Muy mala, con tendencia a agravarse, es la situación de los notarios colombianos a raíz de la pandemia de covid-19. Como personas naturales que prestan un servicio público, en calidad de agentes particulares, lo reciben del Estado bajo la figura de Descentralización por Colaboración. Y, no obstante cumplir los requisitos para ser considerados como Pymes y tener legítimo acceso a créditos y beneficios vigentes para ellas, los notarios navegan solitarios en un mar de ambigüedades, que ahora, en la crítica y dolorosa situación por la que pasa el País, están al borde de una quiebra inminente. Así han permanecido en un limbo desde hace mucho tiempo, porque ni el Gobierno, ni entidad financiera alguna, categorizan al notario, como persona natural, dentro del régimen legal de las Pymes, aun cuando sotto voce dicen algunos funcionarios gubernamentales que sí lo son. De manera que han sido excluidos, por esa inaceptable confusión, de beneficios financieros que se dictan a menudo para solventar los problemas de las pequeñas y medianas empresas, y más ahora que se verán abocados, como cualquier empresario, micro, pequeño o mediano, a tener que suspender o terminar los contratos de trabajo de sus colaboradores, en la medida en que aún con apertura por turnos de 3 horas cada quincena, como en Bogotá, es imposible recaudar los ingresos suficientes siquiera para pagar los salarios de los empleados. A menos que el Gobierno Nacional saque de la manga un As que reparta las cargas públicas entre el Estado, EPS, ARL, y no la deje sólo a los empleadores.

    En cuanto a las notarías ubicadas en poblaciones pequeñas y, por tanto, beneficiarias de subsidios, es innegable que los notarios y sus empleados pasan por dificultades mayores que los de capitales de departamento y centros urbanos medianos y grandes, por múltiples razones, pero sobre todo por el bajo nivel de servicios asistenciales y hospitalarios y malas condiciones de salubridad que son comunes a tales poblados. Mas, para ellas podría encontrarse una rápida y efectiva solución temporal, si el Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial del Notariado decidiera, dada la situación extraordinaria, ordenar el pago inmediato de todos los subsidios ya causados, y anticipa los correspondientes a los meses de abril a junio, sin que deba esperarse el cumplimiento de los informes de gestión. Eso es factible, en la medida en que la aludida Cuenta mantiene la finalidad para la cual fue creado su antecesor, el Fondo del Notariado, en lo que aún conserva vigencia la Ley 29 de 1973, esto es, el mejoramiento de “las condiciones económicas de los Notarios de insuficientes ingresos”.

    Por lo que respecta a las demás notarías, sobre todo las de mediana actividad, como la gran mayoría del Distrito de Bogotá, capitales de departamentos y municipios grandes, la ausencia de ingresos mínimos para operar y los altos costos que deben soportar, comenzando por los crecientes arriendos jalonados por burbujas inmobiliarias recientes, así como el mayor nivel de salarios, los efectos económicos de la pandemia son nefastos, en grado superlativo. El deber de respetar la cuarentena para preservar la vida de todos, que ha obligado a trabajar en precarios turnos como lo ha dispuesto la Superintendencia de Notariado y Registro, requiere con urgencia el pronunciamiento expreso de autoridad competente para que se aclare de una vez por todas que los notarios, como personas naturales que prestan un servicio público, tienen que ser considerados como pymes, si cumplen las exigencias señaladas en las leyes 590 de 2000, 905 de 2004 y, particularmente, el artículo 43 de la ley 1450 de 2011, cuya clasificación mantiene vigencia en los siguientes términos:

    1) Microempresa: La persona natural o jurídica que tiene hasta 10 trabajadores, y activos no mayores a 500 s.m.l. mensuales ($438.901.500), sin que para ello se cuente la vivienda.

    2) Pequeña empresa: La que tiene entre 11 y 50 empleados y activos entre 501 y 5.000 s.m.l.m. ($4.389.015.000), y

    3) Mediana empresa: Aquella con un número de trabajadores entre 51 y no más de 200, y cuyos activos no superen los 30.000 s.m.l.m. ($26.334.090.000)

    Aplican tales categorías, todas sin excepción, para las personas naturales y no exclusivamente para las sociedades comerciales o civiles. Luego, es inentendible que alguna duda surja al respecto. El inconveniente se presenta porque algunos entes financieros consideran, erradamente, que el notario es un servidor público, porque presta una función pública y mal puede ser una pyme del sector productivo o de servicios, confusión que está suficientemente aclarada en la reiterada jurisprudencia de las altas cortes colombianas. Pero, hablarle de doctrinas y sentencias a un analista de crédito que está en el front-desk de un banco es como declamarle poemas a la luna. Y después, si la solicitud pasa al comité más alto, no es de extrañar la aparición de un abogado, graduado en altas finanzas, pero no en la universidad de la vida, con ínfulas de saber más derecho que el agobiado notario. Ahí se pierde toda esperanza.

    Lo peor de todo, es que el hilo más delgado de la relación notarial en esta situación crítica es el que soporta a los trabajadores. Porque, de un lado, ellos tienen que cumplir con el contrato de trabajo en unos turnos ya establecidos, que pueden ser una vez por quincena o dos veces a la semana, con grave riesgo para sus vidas, y por los cuales no tendrán beneficio económico alguno, en la medida en que, suspendidas las vacaciones en tales días, apenas tendrán derecho posteriormente al disfrute de los mismos, en tanto los salarios ya fueron anticipados. Igualmente, sobre ellos pende una espada de Damocles, dado que el cierre proyectado, como ya se anuncia, conllevará la suspensión de los contratos de trabajo o a la terminación unilateral de los mismos, porque la alternativa de las vacaciones inmediatas y anticipadas se agotó y perderá efectos en el mes de abril. Hacia el futuro, ya no tendría opción distinta a la suspensión o a la terminación, con indemnización, porque nadie está obligado a lo imposible.

    Cuán distinta hubiese sido la situación de los notarios si se hubiera hecho una ruptura tecnológica a tiempo. Desde hace años se venía advirtiendo que el Notariado colombiano se transformaba o estaba condenado a la desaparición. No solo el de Colombia. La revista The Economist, una de las más prestigiosas publicaciones del mundo, causó un escándalo hace exactamente 5 años con un artículo titulado “Notaries. The princes of paperwork: A highly regulated profession fights to preserve its privileges”. Los notarios de casi toda Europa se volcaron a “virtualizar” sus servicios, a digitalizar sus archivos y mandaron a guardar en seguros anaqueles libros o documentos físicos, para no seguir estigmatizados como “los príncipes del papeleo”. Así ocurrió en Estonia, el país más digital del orbe, donde no se requiere presencia personal ni siquiera para residir en él. El notariado de España se dio a la tarea y hoy, con una infraestructura totalmente digital que ocupa un área no mayor de 300 m2, en plena crisis del coronavirus está prestando los servicios de manera virtual, sin tener que ir a las oficinas notariales, con teleconferencias para verificar la urgencia inaplazable del servicio. El confinamiento, pues, no genera mayores riesgos.

    El Notariado colombiano, adelantándose a muchos países, introdujo una de las herramientas más avanzadas para la identificación de los usuarios del servicio, con verificación en línea con las bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y ello significó uno de los mayores logros que jamás se hayan conseguido por ningún gremio, ni siquiera por la banca nacional. Pero en innovación tecnológica, como lo enuncia la “Ley de Moore”, una regla empírica formulada por el cofundador de Intel, Gordon E. Moore, y cuyo acierto está demostrado, “cada dos años la tecnología se vuelve obsoleta”. Tanto así que, con la velocidad de los avances cuánticos desarrollados y cambios inusitados que siguen el principio de incertidumbre, todo se ha movido, de modo que de los transistores de Moore pasamos a los chips y microchips de las décadas siguientes, hasta saltar a los nanochips actuales, de manera que la ley de Moore ha sido replanteada, pero para disminuir el tiempo de ocurrencia de la obsolescencia.

    En uso desde hace casi cinco años, hoy, a raíz de la pandemia de coronavirus, las notarías se encuentran en una encrucijada porque la biometría mediante huella dactilar ¡Se tornó obsoleta! Entonces se arribó a la impensada obsolescencia que el viejo Moore predice en su ley.  Debido a los riesgos de contagio del covid-19, el Gobierno Nacional debió suspender el uso de la identificación biométrica, porque el contacto del dedo con el lector y la asistencia generalizada del empleado con el usuario para que la lectura sea correcta, son sumamente peligrosos. Y eso no puede ir más. Hay que dar el salto pendiente: Virtualizar y crear un ecosistema digital que le permita al notariado ingresar a la nueva dimensión del servicio público, que hemos denominado “Notaritech”. Donde el Notario se dedique a la función que otorga mayor valor agregado a los actos por él pasados, esto es, el asesoramiento profesional y el acompañamiento a los usuarios hasta conciliar sus contrapuestos intereses. La identificación, tendrá entonces que pasar al reconocimiento facial, porque la del iris humano exige un acercamiento que ahora también se presenta riesgosa. Y explorar los lectores de nanochips que se implantan debajo de la epidermis, para lo que basta una pistola lectora, sin contacto, y no solo recibir los datos relevantes del usuario, sino también sus antecedentes y… bueno, hasta de qué se queja o se quejará.

    A nivel individual y gremial el Notariado puede apalancarse con créditos de Bancoldex, para hacer las importaciones que sean necesarias. Y para solventar la situación del Coronavirus, es preciso abrir las puertas para acceder a los recursos que permitan crear las redes de blockchain indispensables. Para ello se tiene que romper el círculo vicioso develado por la actual encrucijada, y eso lo puede resolver, en esta misma emergencia, el Gobierno, porque la necesidad de fortalecer las notarías, como enseñaban Calamandrei y Costa, radica en que se disminuye el volumen de conflictos, los que no tendrían por qué llegar hasta los juzgados, con grandes ahorros para el Estado si las notarías están abiertas. Sin olvidar que los recursos de la Justicia en Colombia derivan en buena parte de los enormes aportes recibidos de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales se originan en las Notarías y en las Oficinas de Registro, así como en el impuesto más gravoso del país: El 12.5% sobre ingresos brutos de los notarios.

   El notario no es un empresario desde el punto de vista comercial y la Notaría carece de existencia jurídica. La personalidad legal es la de la persona natural titular de la notaría. El personal que labora tiene al notario como su empleador y en esto no existe asomo de duda, como lo ha reiterado la jurisprudencia de todas las altas cortes colombianas. Pero, para efectos de las leyes sobre Pymes, cumple con todas las condiciones por ellas señaladas. El servicio lleva aneja la producción de documentos, que son públicos, ciertamente, pero requieren la inversión de insumos cuyos costos asume el notario y no el Estado, que no le da a éste subvención alguna, ni siquiera al de menores ingresos. Por ello está en el deber de preservar una de las Instituciones que, aun con sus defectos y carencias, funciona. La remuneración de un notario deriva del pago de un precio público pagado por los usuarios, según una tarifa oficial a forfait, única y generalizada, tasada entre 0 pesos y un máximo tarifario que en algunos actos de relevancia económica va hasta el tres punto cinco por mil (0.0035), una de las más bajas, comparativamente hablando, del notariado universal, incluido el anglosajón. Huelga agregar que muchos de los actos notariales son exentos y otros “sin cuantía”, en la que el precio pagado por el usuario no supera los sesenta mil pesos ($60.000).

    El mundo notarial cambió. No ahora, con el coronavirus, sino mucho antes. Los notarios han hecho bastante, pero el esfuerzo a futuro será monumental. Y tiene que ser muy pronto, porque la Ley de Moore no perdona. Corresponde reorientar los recursos generados por la biometría por huella, impulsar emprendimientos, apoyar grupos de investigadores en laboratorios digitales a través de convenios con facultades de innovación y tecnologías, para lo que urge un Plan Estratégico concertado con todos los notarios del país. Lo que se impone es la inteligencia artificial y el análisis de megadatos, para lo cual el Notariado tiene el mejor insumo requerido, en la valiosa y cuantiosa información conservada en sus protocolos. El covid-19 ha creado una gran oportunidad para la transformación del notario y del notariado.